DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
Las aguas superficiales (nacimientos, quebradas, ríos, lagunas, lagos, mares), son de propiedad nacional, las personas físicas o jurídicas que requieran utilizarlas deben solicitar concesión de aprovechamiento.:
El trámite de concesión consiste en un procedimiento que implica tres etapas. Durante este proceso, se dan situaciones en que, paralelamente, el cliente tramita permisos para construcciones unitarias o en condominio. Esta solicitud permite obtener una constancia especial para tramitar tales permisos.
INFORMACIÓN GENERAL:
REQUISITOS:
Requisitos obligatorios:
Deberán constar en el expediente:
ASPECTOS LEGALES:
La constancia se emitirá apegada a las condiciones técnicas y legales que constan en el expediente y que no contravengan con las especificaciones del permiso de perforación o solicitud de concesión.