DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE:
Solo empresas debidamente avaladas por la Dirección de Agua, pueden ejercer la actividad de perforar pozos. Estas deben inscribirse y efectuar actualizaciones, para lo cual se provisto este formulario.
INFORMACIÓN GENERAL:
PROCEDIMIENTO QUE SEGUIRÁ SU SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN/ACTUALIZACIÓN DE EMPRESAS PERFORADORAS
1. Al recibirse la solicitud se le asigna un número de identificación al trámite. Este es necesario para hacer cualquier consulta.
2. La gestión se traslada a la Regional (Unidad Hidrológica) correspondiente para inspección e informe.
3. La gestión se traslada a la Asesoría Legal para redacción de la resolución de inscripción.
4. El jerarca firma la resolución de inscripción.
5. Se notifica.
REQUISITOS:
ASPECTOS LEGALES:
Decreto Ejecutivo 43053: Reglamento para la perforación de pozos y aprovechamiento de aguas subterráneas.